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viernes, 30 de enero de 2015cermi.es semanal Nº 153

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Actualidad

El CERMI plantea garantías de accesibilidad y no discriminación en la nueva Ley de procedimiento administrativo

26/01/2015

El CERMI ha planteado la inclusión de garantías de accesibilidad y no discriminación para las personas con discapacidad en el texto del anteproyecto de ley del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Según el CERMI, “esta importante Ley ha de tener en cuenta los derechos y los principios de igualdad y no discriminación de las personas con discapacidad”, reconocidos en normas legales, como el Texto Refundido de la Ley General de los derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, y la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad.
 
El CERMI considera que es en las distintas normas que regulan el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones de los ciudadanos, en los que se deben introducir, transversalmente, los preceptos pertinentes para hacer efectivos tales derechos en el caso de personas que, por su diversidad o discapacidad, ven obstaculizado el ejercicio de los mismos por barreras u obstáculos, “cuya eliminación corresponde a los poderes públicos”.
 
Sobre el artículo relativo a derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas, el CERMI plantea incluir el derecho a la garantía de la plena accesibilidad de los entornos, canales, cauces, procesos y procedimientos de relación o interacción de las personas con discapacidad.
 
Asimismo, en cuanto a los derechos del interesado en el procedimiento administrativo, añade que además del resto de derechos previstos en esta ley, si el interesado escogiera relacionarse con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos, tendrá derecho a consultar la información en el punto de acceso general electrónico de la Administración que funcionará como un portal de acceso, que reunirá las condiciones y requisitos de accesibilidad universal para las personas con discapacidad.
 
En este sentido, señala que la Administración tendrá la obligación de facilitar copias de los documentos contenidos en los procedimientos mediante la puesta a disposición de las mismas en el punto de acceso general electrónico de la Administración que competente o en las sedes electrónicas que correspondan.
 
Además, sobre el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, el CERMI propone que se incluya, entre las memorias de análisis de impacto, una relativa a la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
 
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